Reglamento de Funcionamiento del Consorcio PROINGENIERÍA

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Categoría: Reglamento

 

Artículo 1º. - IDENTIDAD

Se denomina “CONSORCIO PROINGENIERÍA”, a la integración de unidades académicas que dictan carreras de Ingeniería, pertenecientes a Universidades Nacionales con asiento en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, el que en adelante se regirá por este Reglamento.

 

Artículo 2º. – OBJETIVOS

Los objetivos del Consorcio PROINGENIERÍA, son los siguientes:

  1. La articulación entre unidades académicas de la enseñanza de grado y postgrado
  2. La planificación de actividades académicas conjuntas.
  3. La optimización del aprovechamiento de recursos materiales y humanos disponibles.
  4. La compatibilización y optimización de los sistemas existentes y a crearse, que tiendan a vincular las unidades académicas entre sí y de éstas con el medio.
  5. Toda otra actividad que redunde en beneficio de los objetivos comunes de las unidades académicas integrantes del Consorcio.

 

Artículo 3º. – MIEMBROS REPRESENTANTES del CONSORCIO

Cada unidad académica integrante del Consorcio estará representada por su Responsable Estatutario, el que tendrá voz y voto en las deliberaciones.

 

Artículo 4º. – ORGANOS DE GOBIERNO

La Asamblea Plenaria y el Comité Ejecutivo son los órganos de gobierno del Consorcio.

La Asamblea Plenaria es la máxima autoridad del Consorcio y está constituida por los miembros representantes del Consorcio. La Asamblea Plenaria se reunirá en forma ordinaria o extraordinaria.

El Comité Ejecutivo es el órgano de dirección y administración del Consorcio. Está constituido por: Presidente, Vicepresidente, Secretario y dos Vocales, todos con mandato por un año.

Las atribuciones de los miembros del Comité Ejecutivo son:

 

Artículo 5º. –COMISIONES

La Asamblea Plenaria podrá crear comisiones de trabajo. En tal caso, deberán fijarse los fines, objetivos, coordinador y plazos de vigencia.

El coordinador informará todo lo actuado al Comité ejecutivo y/o Asamblea Plenaria.

 

Artículo 6º.- REUNIONES PLENARIAS

La Asamblea Plenaria se reunirá al menos dos veces durante el año de mandato del Comité Ejecutivo.

Los integrantes del Comité Ejecutivo para el siguiente período, se elegirán en la última reunión de la Asamblea plenaria correspondiente a la finalización de su mandato.

Todas las decisiones se tomarán por consenso y agotadas las instancias de acuerdos unánimes, y sólo en ese caso, se procederá a votación.

 

Articulo 7º.- LOGO IDENTIFICATORIO DEL CONSORCIO - UNIVERSIDADES Y UNIDADES ACADEMICAS INTEGRANTES

Se adopta como logo del Consorcio el que figura en el Anexo I del presente reglamento.

Las Universidades y Unidades Académicas que integran el Consorcio se indican en los Anexos II y III.

 

Anexo I – Logo del Consorcio Proingeniería

 

Anexo II – Universidades

 

Anexo III – Unidades Académicas